La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado a RTVE por promocionar vino fuera del horario permitido y emitir publicidad sin identificar en dos reposiciones de ‘MasterChef’ y ‘MasterChef Celebrity’. La multa inicialmente propuesta ascendía a 512.168 euros, pero quedó reducida a 307.300,80 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago anticipado.
RTVE ha abonado una multa de 307.300,80 euros por dos infracciones graves continuadas relacionadas con varias promociones emitidas dentro de ‘MasterChef’.
La sanción fue impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que analizó dos reposiciones emitidas por La 1 durante las mañanas del 5 de mayo y el 10 de noviembre de 2024.
Según la resolución, los programas incluyeron comunicaciones comerciales de vinos vinculados a ‘MasterChef’ fuera de la franja autorizada. También aparecieron promociones de otros productos y servicios relacionados con el formato sin una identificación suficientemente clara de su carácter publicitario.
Las emisiones de ‘MasterChef’ investigadas por la CNMC
Las actuaciones afectan a una emisión de ‘MasterChef’ y otra de ‘MasterChef Celebrity’, ambas ofrecidas en diferido durante el horario matinal de La 1.
Los espacios se emitieron aproximadamente entre las 10:42 y las 13:55 horas. Durante los programas se mostraron botellas y copas de vino, se propusieron brindis y se hicieron referencias a la página de la vinoteca asociada a ‘MasterChef’.
La CNMC determinó que estas apariciones no eran meramente decorativas, sino que tenían naturaleza comercial. Por ese motivo, debían respetar las restricciones aplicables a la publicidad de bebidas alcohólicas.
Por qué la publicidad del vino incumplió la ley
La Ley General de Comunicación Audiovisual establece que las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas con una graduación igual o inferior a 20 grados solo pueden emitirse, con determinadas excepciones, entre las 20:30 y las 5:00 horas.
La normativa también exige que este tipo de publicidad incluya un mensaje sobre consumo moderado y de bajo riesgo.
Las promociones examinadas aparecieron durante la mañana y no incorporaron el mensaje obligatorio. La CNMC consideró acreditado, por tanto, el incumplimiento de los límites relacionados con la publicidad de bebidas alcohólicas.
Restaurantes, libros y videojuegos también aparecieron sin identificar
La segunda infracción no se limitó al vino. En los programas también se promocionaron diferentes productos y servicios vinculados comercialmente con la marca ‘MasterChef’.
Entre ellos figuraban:
- El restaurante de ‘MasterChef’.
- La aplicación oficial.
- Los campamentos.
- Los libros de cocina.
- El videojuego del programa.
Estas referencias aparecieron dentro del propio escenario del concurso y fueron realizadas por sus presentadores o mediante sus voces, sin mantener permanentemente en pantalla la palabra “publicidad”.
La Ley General de Comunicación Audiovisual obliga a incluir una sobreimpresión permanente y legible cuando la forma de presentar una promoción pueda hacer que el espectador la confunda con el contenido del programa.
El aviso de emplazamiento de producto no era suficiente
La CNMC también aclaró que identificar un programa como espacio con emplazamiento de producto no sustituye la obligación de señalar expresamente una comunicación comercial.
El emplazamiento informa de que en un programa pueden aparecer marcas o productos. La palabra “publicidad”, en cambio, avisa al espectador de que está viendo un mensaje con una finalidad promocional concreta.
Competencia entendió que la integración de esas promociones en el desarrollo habitual de ‘MasterChef’ podía generar confusión sobre su verdadera naturaleza.
La multa inicial era de más de medio millón de euros
La propuesta de sanción ascendía inicialmente a 512.168 euros por dos infracciones graves continuadas:
- Una por las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas.
- Otra por la falta de identificación de las promociones publicitarias.
RTVE reconoció voluntariamente su responsabilidad y abonó anticipadamente la sanción. La aplicación de las reducciones previstas rebajó el importe un 40 % en total, hasta los 307.300,80 euros, cantidad que ya ha sido pagada.
La legislación audiovisual clasifica como graves tanto el incumplimiento de los límites establecidos para determinadas comunicaciones comerciales como otras vulneraciones de las obligaciones de identificación publicitaria.
Qué supone la sanción para RTVE
El reconocimiento de los hechos y el pago voluntario permitieron terminar el procedimiento sancionador con la reducción de la cuantía.
La resolución pone nuevamente el foco en la obligación de diferenciar de manera clara el contenido editorial de las promociones comerciales, incluso cuando los productos anunciados están directamente vinculados con un programa de televisión.
También recuerda que las restricciones horarias deben respetarse en las reposiciones. El hecho de que un espacio haya sido concebido originalmente para el horario nocturno no permite emitir durante la mañana promociones de alcohol que incumplan la normativa vigente.
Nota importante: Los datos sobre la sanción, las cantidades y las infracciones deben comprobarse en la resolución y las comunicaciones oficiales de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como en la Ley General de Comunicación Audiovisual publicada en el Boletín Oficial del Estado.


















