El Tribunal de Instancia de Ceuta ha declarado culpable a B.M.M. por un delito de maltrato habitual hacia su expareja y madre de sus hijas. Según relata El Faro de Ceuta, el fallo judicial confirma que el acusado mantenía una actitud controladora y agresiva, motivada por la sospecha constante de que su pareja pudiera tener otras relaciones.
La resolución judicial da por probados varios ataques físicos ocurridos entre 2022 y 2023. Los episodios incluyen desde agresiones en el ámbito doméstico, como el lanzamiento de una maleta a la cara o intentos de asfixia, hasta un golpe en la boca mientras ambos viajaban en coche.
El control como eje de la convivencia
La víctima detalló durante el juicio cómo el condenado fiscalizaba su teléfono móvil, sus redes sociales e incluso su forma de vestir. A pesar de que el acusado intentó negar los hechos, el magistrado ha considerado que el testimonio de la mujer fue «preciso y persistente», otorgándole plena credibilidad frente a la falta de pruebas de la defensa.
Un detalle relevante que destaca la sentencia es la presión externa que sufrió la denunciante, ya que incluso una autoridad religiosa intentó convencerla para que no siguiera adelante con el divorcio. Finalmente, la justicia ha respaldado su versión de los hechos tras la denuncia presentada en diciembre de 2023.
Medidas judiciales y rehabilitación obligatoria
Aunque la pena principal es de un año y tres meses de cárcel, el magistrado ha acordado suspender la entrada en prisión del individuo durante tres años, siempre y cuando no reincida y cumpla con las siguientes medidas:
- Distancia de seguridad: Se prohíbe al condenado acercarse a la víctima o comunicarse con ella por cualquier vía durante un periodo de dos años y tres meses.
- Indemnización económica: El agresor deberá pagar 3.394,92 euros a la mujer por los daños causados.
- Reeducación obligatoria: Es condición indispensable que el hombre complete un programa formativo centrado en la igualdad de género y el respeto a la mujer.















