El departamento dirigido por Pablo Bustinduy apercibe a dos plataformas digitales tras detectar que comercializan estancias inferiores a 31 días, incumpliendo el nuevo decreto de vivienda e incurriendo en posibles prácticas desleales dirigidas principalmente al mercado de Madrid.
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El Ministerio de Consumo ha requerido este viernes a dos plataformas en línea la retirada inmediata de 8.318 anuncios de viviendas turísticas que se promocionan bajo la modalidad de alquileres de temporada incumpliendo el marco legal vigente. La investigación del departamento que dirige Pablo Bustinduy ha constatado que estas publicaciones permiten contratar estancias inferiores a los 31 días, periodo fijado desde el pasado 8 de octubre como la duración mínima legal para los arrendamientos de temporada. Toda oferta que se sitúe por debajo de ese límite temporal queda catalogada normativamente como alquiler de uso turístico.
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La Dirección General de Consumo sostiene que la comercialización de estos alojamientos incurre en una práctica de comunicación comercial desleal por engañosa, lo que constituye una infracción directa de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Al haber notificado formalmente la irregularidad a ambas portales, las plataformas asumen la responsabilidad legal directa sobre los anuncios comercializados, quedando expuestas a la apertura de expedientes sancionadores si no proceden a la eliminación inmediata de los contenidos apercibidos.
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Concentración masiva del fraude en la Comunidad de Madrid
La supervisión llevada a cabo por las autoridades de Consumo revela una elevada concentración territorial de las irregularidades detectadas. La inmensa mayoría de los anuncios ilícitos se localiza en la Comunidad de Madrid, ámbito geográfico en el que se han contabilizado 6.772 publicaciones fraudulentas. De este volumen autonómico, la capital aglutina el grueso del fraude con 6.523 pisos turísticos ofertados de forma ilegal bajo la figura del arrendamiento temporal.
Esta actuación administrativa deriva de la aprobación por segunda ocasión del real decreto ley de medidas urgentes en materia de vivienda, impulsado tras la controversia generada por el desahucio de Maricarmen Abascal y vuelto a poner en marcha tras un rechazo parlamentario inicial. La regulación establece un marco temporal para el alquiler de temporada comprendido entre un mínimo de 31 días y un máximo de doce meses, exigiendo la acreditación documental de la causa de temporalidad. En caso de superar dicho tope, encadenar más de dos contratos consecutivos o carecer de justificación, la relación contractual pasa a tipificarse como arrendamiento de vivienda habitual. Asimismo, la norma restringe a un máximo de 30 noches seguidas el uso del alquiler vacacional en pisos turísticos.
Trámite parlamentario y antecedentes de multas al sector
A diferencia de la tramitación original —en la que formaciones como el PP, Vox, Junts y UPN rechazaron la norma dejándola temporalmente sin efecto—, la previsión del Ejecutivo apunta a que el texto superará su convalidación parlamentaria. Al haberse producido la disolución de las Cortes Generales ante la convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre, la votación recae en la Diputación Permanente del Congreso, órgano en el que los grupos parlamentarios respaldantes del decreto cuentan con mayoría suficiente para su ratificación.
La intervención sobre estas dos plataformas digitales consolida la línea de actuaciones punitivas desarrolladas por el Ministerio de Consumo en el mercado del alojamiento y la vivienda. En precedentes recientes, el departamento sancionó a Airbnb con una multa de 64 millones de euros por comercializar oferta irregular, derivando en la retirada de más de 65.000 anuncios de su catálogo. De igual forma, la plataforma Booking eliminó más de 4.000 ofertas tras requerimientos oficiales, en una estrategia inspectora que suma expedientes sancionadores a grandes gestoras inmobiliarias y una penalización de 3,6 millones de euros a la firma Alquiler Seguro por clausulas abusivas.










