La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a catorce personas acusadas de introducir más de 1.650 kilos de cocaína en el Puerto de València al considerar que las principales pruebas aportadas en el procedimiento carecen de las garantías necesarias de autenticidad e integridad.
La Fiscalía solicitaba penas de hasta 16 años y 13 años y medio de prisión para los dos acusados a los que señalaba como jefes de la presunta organización criminal, además de multas que alcanzaban los 60 millones de euros. Para el resto de procesados, considerados integrantes de la red o autores de un delito contra la salud pública, reclamaba condenas de entre siete y once años de cárcel y sanciones económicas de hasta 50 millones de euros.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal ha descartado la principal prueba de cargo: las conversaciones interceptadas a través de la plataforma de comunicaciones cifradas Sky ECC, utilizada habitualmente por organizaciones criminales. Aunque las diligencias practicadas para la obtención de estos mensajes se consideran válidas, la Sala concluye que el material probatorio no alcanza el estándar exigido para dictar una condena penal.
El fallo se apoya en doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y subraya que las evidencias digitales remitidas desde Francia carecían de firma digital y de determinación de su valor hash, deficiencias que también persistieron tras su descarga por parte de los agentes del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de la Guardia Civil.
Pese a que en agosto de 2020 se incautaron más de 100 kilos de cocaína ocultos en un contenedor de madera aserrada en el puerto valenciano, el tribunal considera que la prueba practicada en el juicio no permite establecer un vínculo fiable entre los acusados y la sustancia intervenida, ni con otras incautaciones con las que se les pretendía relacionar.
Los hechos se remontan a la noche del 25 de agosto de 2020, cuando agentes de la Guardia Civil, la Policía Nacional y Vigilancia Aduanera localizaron un contenedor con las puertas abiertas que contenía 117 paquetes de cocaína, con un peso superior a los cien kilos y distintos grados de pureza.
La investigación derivó en un complejo procedimiento judicial en el que se sentaron en el banquillo catorce personas, entre ellas trabajadores portuarios, a quienes el Ministerio Público atribuía la pertenencia a una organización dedicada a introducir grandes cantidades de droga mediante el denominado “gancho ciego”, un método habitual en el narcotráfico marítimo.
Sin embargo, la Audiencia Provincial concluye que “no se ha acreditado suficientemente” que los acusados tuvieran relación con la droga hallada, con otras posibles sustancias transportadas en contenedores similares, ni que existiera un entramado organizado con la finalidad de introducir y extraer cocaína a través del puerto.
El tribunal recalca que la mera presencia de los procesados en el entorno portuario, así como coincidencias temporales o de comunicaciones, no son suficientes para destruir la presunción de inocencia, al no existir pruebas directas ni indicios de entidad bastante.
Durante el juicio, las defensas insistieron en la falta de solidez de la investigación y en la ausencia de pruebas concluyentes, argumentos que finalmente han sido respaldados por la Sala.

















