La Agencia Tributaria desaconseja recurrir a la inteligencia artificial para confeccionar el borrador en una campaña que arranca hoy con el foco en los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Este miércoles, 8 de abril, da comienzo oficialmente la campaña de la Renta 2025-2026, un periodo clave en el que millones de contribuyentes españoles deberán ajustar sus cuentas con el fisco. La Agencia Tributaria ha habilitado desde hoy el acceso al borrador a través del sistema Renta Web, advirtiendo de la importancia de revisar cada dato fiscal para evitar las denominadas «cartas del miedo». En una rueda de prensa de presentación, la directora general de la AEAT, Soledad Fernández, ha lanzado un aviso tajante: desaconseja el uso de ChatGPT para realizar la declaración, instando a los ciudadanos a utilizar exclusivamente las herramientas oficiales de asistencia.
Entre las novedades más destacadas de este ejercicio se encuentran beneficios fiscales específicos por motivos de salud y sociales. En La Rioja, los contribuyentes afectados por la ELA podrán desgravarse el 50% de los gastos de diagnóstico y tratamiento, con un límite de 2.000 euros. Por su parte, Galicia mantiene deducciones para deportistas de alto nivel cuyas ayudas no generen ingresos directos, mientras que Navarra despliega un amplio catálogo de bonificaciones que van desde el alquiler de vivienda habitual hasta la instalación de energías renovables y puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Fechas clave y plazos de presentación
El calendario fiscal para este año establece hitos temporales que los contribuyentes deben marcar con cautela. Tras el inicio hoy de la presentación telemática, el plazo permanecerá abierto hasta el próximo 30 de junio. No obstante, existen otras modalidades de asistencia:
- Atención telefónica: Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio (cita previa disponible desde el 29 de abril).
- Atención presencial: En oficinas de la Agencia Tributaria del 1 al 30 de junio (cita previa desde el 29 de mayo).
Es fundamental recordar que la obtención del borrador requiere sistemas de identificación segura como el DNI electrónico, certificado digital o la Cl@ve PIN, sistema este último que permite la gestión telemática tras un registro previo que puede realizarse incluso por videollamada.
Obligaciones específicas: IMV y pluripagadores
Una de las dudas más recurrentes este año afecta a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Hacienda ha recordado que estos ciudadanos están obligados a presentar la declaración independientemente de sus ingresos, si bien la cuantía de la ayuda en sí misma es una renta exenta y no debe tributar. Asimismo, se mantiene la vigilancia sobre quienes han tenido dos o más pagadores, situación que suele alterar el resultado final de la liquidación.
Respecto al resultado de la declaración, los técnicos aclaran que un signo negativo en el borrador indica que la Agencia Tributaria debe devolver dinero al contribuyente, mientras que un resultado positivo implica un ingreso a favor del Estado. En caso de que Hacienda se retrase en las devoluciones más allá del final del ejercicio, deberá incluir de oficio los correspondientes intereses de demora como compensación.
















