El Juzgado de Violencia contra la Infancia de Las Palmas de Gran Canaria ha decretado este lunes 9 de marzo el ingreso en prisión preventiva, comunicada y sin fianza para la mujer de 29 años acusada de acabar con la vida de su hija de 20 meses. La decisión se produce tras el levantamiento del secreto de sumario y después de que la detenida prestara una declaración en la que admitió haber sentido un «impulso» para sumergir a la menor en un charco de la costa.
Una confesión marcada por la indiferencia afectiva
Durante su comparecencia judicial, la mujer —de nacionalidad venezolana y en situación irregular en España— relató cómo caminó hasta el paseo marítimo del barrio de San Cristóbal el pasado miércoles. Según recoge el auto judicial:
- El acto: La acusada confesó que cogió a la niña por la cara y la tumbó boca arriba en un charco donde el agua le cubría por debajo de las rodillas.
- El relato de los hechos: Explicó que la mantuvo allí «un rato» mientras observaba cómo la pequeña abría y cerraba los ojos, sin poder determinar cuánto tiempo transcurrió exactamente.
- La detención: Vecinos del barrio alertaron a la policía tras verla deambular descalza, con la mirada perdida y el cuerpo empapado de la bebé en brazos. Los agentes hallaron posteriormente las zapatillas de la madre en la zona de rocas mencionada.
Contradicciones y estado psicológico de la acusada
Aunque la defensa y la expareja de la mujer han apuntado a posibles brotes psicóticos —el padre aseguró que ella decía «escuchar voces»—, los primeros informes forenses contradicen esta versión. El juez destaca que los exámenes médicos realizados no han detectado trastornos psiquiátricos ni signos de haber consumido drogas.
Los facultativos describen a la detenida con un «discurso lineal y coherente», aunque aprecian en ella una notable «indiferencia afectiva» ante la tragedia. Asimismo, el magistrado subraya la contradicción entre su primera llamada al padre, donde afirmó que la niña «se había caído al agua», y su posterior confesión detallada ante el instructor.
Una posible condena de prisión permanente revisable
Dada la extrema vulnerabilidad de la víctima y la forma en que se produjeron los hechos, el juez considera que existen indicios claros de un delito de asesinato con alevosía. Por este motivo, el auto recuerda que la acusada podría enfrentarse a la pena de prisión permanente revisable.
El riesgo de fuga, motivado por la falta de arraigo en el país y su situación administrativa irregular, ha sido el argumento definitivo para ordenar su ingreso inmediato en la cárcel mientras continúa la instrucción del caso.




















