La combinación ganadora y el número clave determinan el reparto del bote de 7,6 millones de euros en una jornada sujeta a la normativa fiscal de Loterías y Apuestas del Estado
La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado ha llevado a cabo este domingo, 24 de mayo de 2026, una nueva edición del sorteo del Gordo de la Primitiva. Los participantes que disponen de boletos validados para esta jornada dominical pueden proceder a la verificación de sus resguardos oficiales con el fin de comprobar si sus números coinciden con la combinación agraciada en los bombos oficiales. El sorteo, celebrado puntualmente a las 21:40 horas, ha fijado el resultado definitivo para acceder al premio máximo establecido para la Primera Categoría.
Tras el desarrollo del acto reglamentario y la extracción de las esferas correspondientes, la combinación ganadora de este domingo queda dispuesta de la siguiente manera:
Combinación ganadora del Gordo de la Primitiva: 4, 17, 38, 41 y 52
Número clave (Reintegro): 8
Un bote de 7,6 millones de euros para la Primera Categoría
El sorteo del Gordo de la Primitiva de hoy, domingo 24 de mayo, ha puesto en juego un bote que alcanza los 7,6 millones de euros. Esta cuantía económica se encuentra reservada en exclusiva para la Primera Categoría de apuestas, la cual exige de manera obligatoria el acierto pleno de los cinco números de la combinación ganadora principal más el número clave o reintegro. Este montante se consolida como el premio máximo posible establecido para la presente jornada de juegos de azar gestionados por el organismo estatal.
Plazos de cobro y procedimiento para percibir los premios
Los ciudadanos que resulten agraciados en el sorteo disponen de unas directrices normativas específicas para proceder al cobro de sus ganancias. El reglamento dictamina que los premios del Gordo de la Primitiva se pueden cobrar a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo, abriéndose un plazo de caducidad estricto de tres meses para efectuar la correspondiente reclamación legal de las cantidades.
El procedimiento administrativo para el abono de los fondos se divide en dos tramos diferenciados en función de la cuantía económica del premio obtenido:
Premios de hasta 2.000 euros: Los participantes que posean un boleto premiado con un importe igual o inferior a esta cifra pueden acudir de forma directa a cualquier administración de lotería o punto de venta oficial autorizado por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado para percibir el dinero.
Premios que superan los 2.000 euros: Cuando la retribución económica es mayor a dicho límite, el beneficiario debe personarse obligatoriamente en una entidad bancaria colaboradora. En este caso, el trámite incluye la aplicación automática de la retención fiscal correspondiente de acuerdo con la legislación vigente.
Regulación fiscal: el gravamen de Hacienda sobre los premios de lotería
La tributación de los premios derivados del Gordo de la Primitiva se rige por un marco fiscal en el que la Agencia Tributaria únicamente detrae fondos de aquellas cuantías que superan un límite legal determinado. En la actualidad, las normas estipulan que solo tributa la parte que excede de los 40.000 euros del premio, quedando exenta de tributación cualquier cantidad igual o inferior a dicho umbral.
Por lo tanto, si el premio obtenido se sitúa en un valor igual o menor a los 40.000 euros, el apostante cobra la cifra de forma íntegra, sin que se le practique ningún tipo de retención ni exista la obligación posterior de declarar dicha ganancia en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Por el contrario, cuando la recompensa económica es mayor a los 40.000 euros exentos, las autoridades fiscales aplican un gravamen fijo fijado en el 20%. Este porcentaje se calcula estrictamente sobre la base de lo que excede del mínimo exento de 40.000 euros. La retención de este impuesto se ejecuta de manera automatizada en el momento en el que el ganador acude al banco colaborador a realizar el cobro del dinero. Como ejemplo de esta operativa legal, ante un premio hipotético de 100.000 euros, la tributación efectiva se efectúa únicamente sobre los 60.000 euros sobrantes, lo que da como resultado una retención por parte de Hacienda de 12.000 euros, recibiendo el usuario el resto de la cuantía de forma directa.











