El procesado reconoció haber inmovilizado y agredido sexualmente a una mujer a la que había prostituido previamente. La aplicación de una atenuante muy cualificada por reparación del daño y el acuerdo de conformidad han evitado la pena de cárcel.
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha condenado este martes a un hombre, cuyas iniciales corresponden a M.S., a pagar una multa de 270 euros como autor de un delito de agresión sexual en su tipo básico. El acusado se enfrentaba inicialmente a cargos por intentar violar a una mujer a la que había prostituido previamente, pero un acuerdo de conformidad de última hora ha evitado su ingreso en prisión.
El juicio no llegó a celebrar su fase testifical ni pericial debido a que el procesado aceptó íntegramente los hechos imputados por la Fiscalía. Entre lágrimas, M.S. reconoció el relato de los hechos leídos por el Ministerio Público, correspondientes a un suceso ocurrido el año pasado.
Los hechos reconocidos
Según el escrito de acusación aceptado por las partes, los hechos ocurrieron tras finalizar un servicio sexual en el domicilio de la víctima:
“La víctima lo conminó a que se vistiera y a que abandonara el domicilio (…), pero el acusado, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales y de atentar contra la indemnidad sexual de la mujer; sin el consentimiento de aquella, la empujó sobre la cama, la inmovilizó sentándose sobre su pecho y brazos de forma que le impedía moverse, y le restregó su pene por el rostro”.















