A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria tendrá acceso a todas las operaciones bancarias realizadas mediante Bizum, tarjetas de crédito y otras aplicaciones de pago como Revolut o N26. La medida pretende garantizar un registro más exhaustivo de los ingresos y evitar el fraude fiscal.
La nueva normativa elimina el umbral mínimo de 10.000 euros que hasta ahora determinaba cuándo los bancos debían informar a Hacienda sobre las transacciones. Desde 2026, todas las operaciones digitales deberán ser reportadas mensualmente por las entidades financieras, incluyendo información detallada sobre el emisor, el receptor, el importe y las cuentas implicadas.
Para los autónomos y las pequeñas empresas, esto supone un cambio importante en la gestión de sus ingresos. Se han creado nuevos modelos de declaración —como el Modelo 170, que informará de ingresos vía Bizum y tarjeta, o el Modelo 174, para operaciones con tarjeta superiores a 25.000 euros anuales— que deberán presentarse de manera mensual o anual según corresponda. La primera remesa de datos será enviada a Hacienda en febrero de 2026, con los movimientos de enero.
Los particulares, por su parte, no deberían verse afectados en pagos esporádicos entre amigos o familiares, aunque la Agencia Tributaria podrá considerar como actividad económica habitual cualquier ingreso repetido o de volumen relevante.
La medida busca adaptar el control fiscal a los medios de pago digitales, que han experimentado un crecimiento exponencial en los últimos años, y asegurar que todos los ingresos derivados de actividades económicas queden correctamente registrados y tributen de acuerdo con la ley.
Para cumplir con la nueva normativa, los autónomos deberán mantener al día su contabilidad y facturación, separar cuentas personales de profesionales y, en general, asesorarse para adaptar sus declaraciones de IVA e IRPF.


















