El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado la actuación del Instituto de la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED) tras la modificación de las listas de adjudicación de viviendas militares en Ceuta. Según la información publicada por el diario El Faro de Ceuta, el recurso interpuesto por un militar que aspiraba a una de estas viviendas ha sido desestimado al entenderse que la administración corrigió un error en el proceso.
La resolución judicial, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, no solo confirma la decisión del INVIED, sino que también impone al demandante el pago de las costas procesales.
El afectado había solicitado una vivienda en régimen de arrendamiento especial tras ser destinado a Ceuta en 2019. En un primer momento figuró como número uno en una lista de solicitantes que cumplían los requisitos, pero una posterior revisión de los listados, motivada por una impugnación, provocó su traslado a otro grupo de solicitantes que no reunían las condiciones necesarias para esa adjudicación.
Según la sentencia, la corrección realizada por el INVIED fue adecuada y necesaria para subsanar un error que, de no haberse rectificado, habría dado lugar a una resolución nula. El tribunal concluye que el demandante no cumplía los requisitos exigidos para la vivienda solicitada, por lo que la modificación de las listas estaba justificada.
El caso se remonta a 2022, cuando se publicaron las primeras listas de adjudicación de viviendas militares y, semanas después, se difundió un nuevo listado con cambios significativos. La revisión dejó sin vivienda a varios aspirantes que inicialmente aparecían como beneficiarios, lo que generó múltiples recursos y reclamaciones administrativas.
Diversos militares afectados defendieron que las listas iniciales no debían alterarse una vez publicadas y sin impugnaciones formales en el plazo establecido. Sin embargo, el INVIED sostuvo que la rectificación se ajustaba a la normativa vigente y que algunos solicitantes, al encontrarse en su primer destino, no cumplían los requisitos para acceder a determinadas viviendas.
La sentencia conocida ahora respalda esa postura en este caso concreto y confirma la validez de la revisión de los listados, en un conflicto que llevó a varios aspirantes a acudir a los tribunales tras perder la adjudicación de las viviendas inicialmente asignadas.



















