La Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA) ha confirmado que seguirá adelante con la demanda mercantil interpuesta contra la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) por presunta competencia desleal en la comercialización publicitaria del Mundial de Fútbol 2026. La decisión de la asociación de los operadores privados de televisión se mantiene firme a pesar de que el Juzgado de lo Mercantil número 19 de Madrid ha desestimado las medidas cautelares que la patronal había solicitado con el propósito de paralizar de manera inmediata dicha actividad comercial por parte del ente público.
El conflicto jurídico entre las televisiones comerciales y la corporación pública se fundamenta en la gestión de los espacios comerciales para la cita mundialista. UTECA sostiene que RTVE está procediendo a la venta de «spots» publicitarios a patrocinadores que no forman parte del elenco oficial del torneo futbolístico. Según la denuncia de la patronal, esta práctica se está llevando a cabo «de forma contraria» a lo estipulado en la Ley de Financiación de 2009, la legislación estatal que determinó en su momento la retirada de la publicidad comercial convencional de las emisiones de la televisión pública en España. La asociación privada califica la estrategia comercializadora de la cadena pública en este evento como una campaña «sin límites».
Tras la resolución judicial desfavorable en la fase de medidas previas, la organización empresarial ha recalcado que el auto dictado por el juzgado madrileño tiene un carácter provisional y «no prejuzga el fondo del asunto». De este modo, la patronal de los medios privados enfatiza que resulta imprescindible esperar a que se dicte la sentencia definitiva del proceso ordinario para determinar con base jurídica si la corporación estatal ha incurrido de manera efectiva en una práctica de competencia desleal y, en consecuencia, si debe proceder a la correspondiente reparación del daño económico ocasionado al sector privado.
Dudas de derecho y el fondo del modelo de financiación
La patronal del sector televisivo en abierto ha puesto el foco en los propios argumentos técnicos que se recogen en el auto del juzgado de Madrid. Según destaca la asociación, el magistrado encargado del caso advierte explícitamente de que los razonamientos que se han incluido en esta primera fase cautelar «no pueden servir en modo alguno» para realizar una anticipación de lo que será la resolución final del procedimiento judicial. El texto del tribunal añade asimismo que el desarrollo del juicio ordinario podría «arrojar resultados valorativos diferentes» a los determinados en este momento inicial.
Para la desestimación de las medidas urgentes de paralización, el auto judicial ha tomado en consideración las resoluciones emitidas de manera previa por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El organismo regulador de los mercados en España ha respaldado con anterioridad determinados formatos específicos de patrocinio y de comunicaciones comerciales que se encuentran estrechamente vinculadas a la emisión de eventos deportivos de gran interés. UTECA recoge que ha sido precisamente esta interpretación por parte de la administración pública la que ha llevado al juez de lo mercantil a apreciar la existencia de «serias dudas de derecho», un factor técnico que ha motivado el descarte de la adopción de las cautelares solicitadas.
Más allá del procedimiento técnico actual, la patronal de las televisiones privadas de España insiste en que el núcleo del conflicto reside de manera estructural en el propio modelo de financiación que rige a la cadena pública nacional. Desde la asociación sectorial se asegura que RTVE «emite cada vez más publicidad», una tendencia que, según su criterio, vulnera de forma directa el fondo de la legislación vigente. En este sentido, la organización empresarial ha querido recordar que los operadores de televisión privada participan directamente en el sostenimiento económico de la corporación pública, puesto que financian una parte de su presupuesto anual a través del abono del gravamen obligatorio del 3% de sus ingresos comerciales.















