El acusado reconoció haber realizado tocamientos a una joven de 14 años el pasado verano. La conformidad alcanzada en la Audiencia de Ceuta le exime de la cárcel si realiza un curso de educación sexual y paga la indemnización.
CEUTA – La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia firme contra un joven por un delito de agresión sexual a una menor de 16 años. El fallo se produjo tras un acuerdo de conformidad entre las partes, en el que el procesado admitió haber realizado tocamientos no consentidos a una adolescente en aguas ceutíes.
Los hechos: un ataque en el arenal
El suceso tuvo lugar la tarde del 22 de agosto de 2025, alrededor de las 18:30 horas, en la concurrida playa de la Ribera. Según el relato de los hechos aceptado por el condenado:
- El joven se acercó a la víctima, de 14 años, mientras ambos se encontraban en el agua.
- Con «ánimo libidinoso», le tocó la zona interna del muslo cerca de los genitales hasta en dos ocasiones.
- La menor tuvo que apartarle la mano en ambas veces antes de salir del agua para pedir auxilio.
La rápida reacción de la víctima fue clave: tras contarle lo sucedido a su madre, esta alertó de inmediato a los agentes de la Policía Local destinados al servicio de playas, quienes procedieron a la detención del individuo en el mismo arenal.
Penas impuestas y condiciones de libertad
El acusado, que ya cumplió dos meses de prisión preventiva por esta causa, ha aceptado una pena de un año de prisión. No obstante, el tribunal ha acordado la suspensión de la entrada en la cárcel bajo dos condiciones estrictas: el pago de una responsabilidad civil de 500 euros y la asistencia obligatoria a un curso de educación sexual.
Además, la sentencia incluye una serie de medidas adicionales para garantizar la seguridad de la víctima y la prevención de futuros delitos:
- Orden de alejamiento: Prohibición de comunicarse o acercarse a la menor durante dos años.
- Libertad vigilada: Por un periodo de cinco años tras la condena.
- Inhabilitaciones: Seis años de prohibición para trabajar en cualquier oficio relacionado con menores y cuatro años de inhabilitación de la patria potestad.
Con este acuerdo, se ha evitado la celebración del juicio que estaba previsto para esta semana, levantándose asimismo las medidas cautelares previas, como la retirada del pasaporte y las comparecencias semanales del condenado en sede judicial.















