La Audiencia Provincial de Madrid ha asestado un nuevo y severo revés al juez de instrucción Juan Carlos Peinado. En un auto conocido este lunes, el tribunal ha anulado la decisión del magistrado de tramitar la causa contra Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés mediante el procedimiento de jurado popular. Los magistrados de la Sección 23 consideran que, tras año y medio de instrucción, Peinado no ha logrado recabar «indicios concluyentes y consistentes» que justifiquen una decisión de tal trascendencia procesal.
La resolución judicial ordena retrotraer las actuaciones al momento previo a la transformación del procedimiento. La Audiencia se muestra especialmente crítica con el juez instructor, señalando que «no es de recibo» avanzar hacia un juicio de jurado basándose en una «mera verosimilitud» de la denuncia inicial. Según el tribunal, el juez ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de los investigados al no precisar qué conductas concretas se les imputan ni cuál es la base indiciaria que da solidez a la acusación.
El auto subraya que, aunque la causa pueda presentar una «base objetiva» para ser investigada, el magistrado no ha fundamentado por qué los hechos constituyen delitos de tráfico de influencias, malversación, intrusismo o corrupción en los negocios con la fuerza necesaria para cambiar de fase. Los magistrados recalcan que en delitos de esta complejidad técnica no basta con una exposición objetiva de los hechos, sino que se requiere una «mínima verificación sobre su consistencia» antes de tomar decisiones que afecten al formato del juicio.
Este fallo se suma a las correcciones previas que la Audiencia ya había realizado sobre la gestión de Peinado. Hace meses, el tribunal ya le prohibió investigar las conductas por separado, obligándole a unificar todas las líneas de investigación en un solo procedimiento principal. Ahora, los magistrados insisten en que si no era aceptable dividir la causa sin concreción fáctica, «mucho menos puede serlo» someterla a los trámites del jurado sin indicios racionales de criminalidad plenamente justificados.
A pesar de este frenazo procesal, la Audiencia de Madrid mantiene la validez de las diligencias de investigación ya acordadas por el juez Peinado. La instrucción continuará ahora bajo los cauces del procedimiento abreviado ordinario, lo que implica que, en caso de llegar a juicio, el tribunal estaría formado por magistrados profesionales y no por ciudadanos particulares. El caso entra así en una fase de «recalibración» donde la acusación deberá esforzarse en concretar las pruebas antes de intentar cualquier otro salto procedimental.


















