La legislación española establece un tope máximo de ingresos, fijado en 3.267,60 euros mensuales para la suma de prestaciones simultáneas. La excepción más común es la que permite combinar la pensión de jubilación con la de viudedad.
El sistema de pensiones español, que sostiene a millones de beneficiarios, se encuentra en un periodo de crecimiento moderado. La pensión media del sistema se sitúa en 1.315,3 euros mensuales (un aumento del 4,4% respecto al año anterior), mientras que la pensión media de jubilación (percibida por cerca de 6,6 millones de personas) alcanza los 1.510,1 euros mensuales (un 4,3% superior). Estas cifras reflejan las marcadas diferencias entre regímenes: el Régimen General alcanza los 1.668,7 euros, frente a los 1.011,6 euros del RETA (Autónomos).
Para acceder a la jubilación, los trabajadores deben cumplir estrictos requisitos de edad y años de cotización, tras lo cual la Seguridad Social revisa las bases y determina la cuantía. Sin embargo, surge una pregunta crucial para muchos beneficiarios: ¿Es posible cobrar dos pensiones contributivas al mismo tiempo?
Compatibilidad de prestaciones: regla general y excepciones
La regla general en el sistema español es clara: un mismo beneficiario no puede recibir dos pensiones contributivas simultáneamente si la normativa no lo permite de manera expresa. Esta medida tiene como objetivo evitar duplicidades y garantizar la sostenibilidad del sistema.
No obstante, la legislación contempla excepciones específicas que permiten a los ciudadanos complementar sus ingresos con más de una prestación.
El caso más Frecuente: jubilación y viudedad
La situación de compatibilidad más común se da entre la pensión de jubilación y la pensión de viudedad. Para que un beneficiario pueda acceder a ambas, es imprescindible que cumpla los requisitos propios de cada prestación de forma independiente, incluyendo los criterios de cotización y situación administrativa.
Además, en el caso de la pensión de viudedad, deben cumplirse los requisitos específicos relacionados con la cotización del cónyuge fallecido y las circunstancias del deceso.
Compatibilidad entre regímenes
También es factible compatibilizar pensiones derivadas de diferentes regímenes de la Seguridad Social. Por ejemplo, una persona que haya trabajado parte de su vida como autónomo y otra parte como asalariado (Régimen General) puede percibir prestaciones de cada régimen si cumple los requisitos exigidos por cada uno.
El límite económico máximo en 2025
Un factor determinante que limita la suma de prestaciones es el límite máximo legal. Las cuantías de las pensiones compatibles se calculan de forma individual y, al sumarse, no pueden exceder del tope máximo establecido por ley.
Para el año 2025, la suma de pensiones simultáneas (como jubilación y viudedad) no puede exceder de los 3.267,60 euros mensuales (el límite máximo de la pensión pública).
Incompatibilidad: prevalencia de la mayor cuantía
En el caso de obtener derecho a una pensión que resulta ser incompatible con otra que ya se está percibiendo, la ley establece un criterio de prioridad:
- Prevalecerá la pensión de mayor cuantía.
- La pensión de menor cuantía se suspenderá, a menos que la normativa específica del caso particular establezca una situación diferente.
Este funcionamiento asegura que el sistema ofrezca la máxima protección económica posible al beneficiario dentro de los límites legales establecidos.














