El Consejo Superior de Deportes actúa de oficio contra el presidente de LaLiga tras comparar los métodos de comunicación del club blanco con la propaganda nazi de Goebbels, al considerar que pudo vulnerar la dignidad y el decoro deportivos.
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El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha decidido actuar de oficio y ha elevado este jueves una petición razonada al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para que evalúe las declaraciones realizadas por el presidente de LaLiga, Javier Tebas, contra el Real Madrid. El organismo estatal ha dado este paso institucional con el objetivo de que el tribunal deportivo aprecie si existen indicios de una posible vulneración del artículo 76.4.b de la Ley 10/1990 del Deporte, precepto normativo que tipifica como infracciones graves aquellos actos notorios y públicos que atenten contra la dignidad o el decoro deportivos.
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El origen de la actuación administrativa se remonta al pasado 16 de octubre, fecha en la que el presidente de la patronal de los clubes publicó un mensaje en la red social X en el que comparaba las emisiones de la televisión oficial del club madridista, Real Madrid TV, con la estrategia de comunicación del régimen nacionalsocialista. En concreto, Tebas equiparó los métodos del canal blanco con los «mecanismos de propaganda que explotó Goebbels, ministro de Propaganda de la Alemania nazi», según recoge la documentación de la petición.
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El marco normativo y la doctrina del Tribunal Administrativo del Deporte
En la resolución remitida al TAD —un órgano colegiado caracterizado por su independencia en el ejercicio de sus funciones resolutivas—, el CSD fundamenta su solicitud en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas para la preservación de la integridad en la competición. La institución gubernamental fundamenta el escrito aludiendo de manera expresa a la doctrina jurisprudencial sentada por el propio Tribunal Administrativo del Deporte, articulada en consonancia con la doctrina del Tribunal Supremo.
De acuerdo con los criterios expresados por el Consejo Superior de Deportes, la jurisprudencia aplicable contempla que la dignidad y el decoro deportivos se encuentran estrechamente vinculados al mantenimiento de un marco de convivencia civilizada en el ámbito de la actividad deportiva. La viabilidad de este entorno institucional requiere, según la doctrina citada en la petición, un respeto recíproco y continuado entre aquellas personas y dirigentes que desempeñan responsabilidades relevantes en el deporte español.














