Tras el accidente de Adamuz, operadoras como Iryo han suspendido sus compromisos de puntualidad propios, pero la normativa europea sigue obligando a pagar compensaciones de hasta el 50% del billete.
La organización de consumidores Facua ha lanzado un aviso contundente a las compañías ferroviarias que operan en España (Renfe, Iryo y Ouigo): los retrasos derivados de las nuevas limitaciones de velocidad impuestas por Adif tras el accidente de Adamuz deben ser indemnizados.
La polémica surge después de que Iryo anunciara que dejaría de aplicar sus políticas habituales de compensación en los trayectos Madrid-Barcelona y Madrid-Valencia para billetes comprados desde el 28 de enero, alegando que los retrasos son «ajenos a su responsabilidad». Sin embargo, Facua recuerda que la ley está por encima de las políticas comerciales de cada empresa.
Lo que dice el Reglamento Europeo (Artículo 19)
Aunque una compañía elimine sus «extras» de puntualidad, el Reglamento (UE) 2021/782 establece unos mínimos obligatorios que ninguna operadora puede saltarse, independientemente de si la culpa es de Adif o de una limitación de vía:
| Retraso acumulado | Indemnización mínima obligatoria |
| Entre 60 y 119 minutos | 25% del precio del billete |
| 120 minutos o más | 50% del precio del billete |
Nota importante: Estas compensaciones solo se pueden evitar si la compañía ya ha reintegrado el importe completo del billete por cancelación o si el pasajero decide no viajar ante el retraso.
El argumento de Facua: No es una «fuerza mayor» excepcional
Facua sostiene que las limitaciones de velocidad actuales no entran dentro de las excepciones de la normativa europea (como catástrofes naturales extremas o crisis sanitarias graves). Al ser una medida técnica de seguridad en la infraestructura, el pasajero mantiene su derecho a ser compensado por el tiempo perdido.
La asociación insta a los usuarios afectados a reclamar formalmente si las compañías se niegan a abonar estas cuantías, recordando que el contrato de transporte se firma con la operadora y es esta quien debe responder ante el cliente, para luego, si lo considera oportuno, reclamar ella misma a Adif.

















