El juez José Luis Calama solicita amparo internacional a Washington para blindar los mensajes que implican al expresidente, mientras la defensa cuestiona el origen de un clonado realizado hace cinco años sin orden judicial en suelo estadounidense.
El transcurso de las investigaciones judiciales en España ha entrado en un escenario de alta tensión técnica y diplomática. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, el magistrado José Luis Calama, ha emitido una comisión rogatoria internacional dirigida de urgencia a las autoridades judiciales de Estados Unidos. El objetivo es nítido: obtener el aval oficial definitivo para incorporar al procedimiento penal español, de cara a un eventual juicio, el volcado íntegro del teléfono móvil de Rodolfo Reyes, exdirectivo y máximo accionista venezolano de la controvertida aerolínea Plus Ultra. Este dispositivo contiene las conversaciones que sustentan la línea investigativa de presunto tráfico de influencias contra el expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en relación con el rescate público de 53 millones de euros otorgado a la compañía tras la pandemia.
La maniobra del juez Calama llega precisamente en un instante crítico. La defensa jurídica de Rodríguez Zapatero ha reaccionado de inmediato solicitando de manera formal que se exija a Washington la documentación pormenorizada (resoluciones judiciales u órdenes administrativas) que amparó la incautación del terminal. En el centro de la batalla jurídica no solo está el fondo de lo que revelan los mensajes, sino la pulcritud constitucional con la que una agencia de seguridad estadounidense accedió, clonó y transmitió datos privados a la Policía española, abriendo el debate sobre la posible nulidad de la prueba reina del caso.
El origen del terminal y el ‘clonado’ en EE. UU.
Para desgranar la procedencia de este dispositivo es necesario retroceder cinco años en el tiempo. El teléfono inteligente de Rodolfo Reyes fue intervenido originalmente en el año 2021 en el marco de una investigación transnacional de amplio espectro, iniciada por agencias federales estadounidenses en 2018, dirigida a rastrear redes de delincuencia organizada, blanqueo de capitales procedentes de Venezuela y presuntas tramas corruptas asociadas a exdirigentes chavistas en el estado de Florida y otros puntos de la unión.
Fue la agencia de seguridad estadounidense Homeland Security Investigations (HSI, por sus siglas en inglés) la que procedió a la clonación del contenido del teléfono del empresario venezolano en territorio norteamericano. No obstante, la controversia radica en que dicho volcado de datos se ejecutó en su momento conforme a las prerrogativas de seguridad nacional e investigación aduanera de los Estados Unidos, que facultan a ciertas agencias de fronteras a inspeccionar y copiar soportes tecnológicos en aduanas o detenciones específicas sin necesidad estricta de una orden judicial previa del modo en que se exigiría en la legislación europea.
«Nuestro pana Zapatero detrás… Delcy, que llame a Ábalos o a Zapatero»
— Mensajes de WhatsApp interceptados en el móvil de Rodolfo Reyes (Marzo 2020)
¿Por qué tardó cinco años en entregarse a España?
La cronología de la causa penal evidencia un flujo de cooperación policial que se activó de forma paralela a otras resoluciones judiciales internacionales. A principios de marzo, los mecanismos de cooperación internacional reactivaron una orden de arresto contra el directivo venezolano en la causa que investiga la Audiencia Nacional española. Apenas doce días después del hito, el 18 de marzo, las autoridades estadounidenses notificaron oficialmente a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional española que disponían de una copia fidedigna y completa de las comunicaciones generadas en dicho teléfono móvil.
El desfase temporal responde a que las pesquisas americanas mantuvieron la información bajo reserva mientras se sustanciaban sus propios procedimientos internos en Miami y Washington por blanqueo de capitales. Una vez que la relevancia del material cruzó las líneas de interés de la instrucción española —centrada en el millonario rescate de la SEPI a Plus Ultra— la agencia federal procedió al traslado de los volcados. La UDEF procedió a estructurar dos exhaustivos informes que sirvieron de andamiaje para la imputación del expresidente socialista.
El choque legal: La estrategia de la defensa
El nudo gordiano del proceso se sitúa en la validez y la legalidad transfronteriza de la prueba. El abogado de José Luis Rodríguez Zapatero ha elevado un escrito al juzgado en el que insiste en fiscalizar cómo se produjo la extracción en el país emisor. La defensa alega la necesidad de comprobar si la obtención de los chats de WhatsApp respetó las debidas garantías procesales o si constituyó una vulneración del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, protegidos por el artículo 18 de la Constitución Española.
Fuentes jurídicas recuerdan que, de consolidarse que la obtención originaria careció de supervisión judicial homologable, el tribunal podría enfrentarse a la doctrina del «fruto del árbol envenenado», invalidando los informes de la UDEF. No obstante, en la jurisprudencia española pesan antecedentes potentes de signo contrario, como el célebre ‘caso Falciani’. En aquella ocasión, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional avalaron el uso de listas bancarias sidustraídas de la entidad HSBC en Suiza porque la vulneración original del secreto bancario fue cometida por un particular en el extranjero sin connivencia previa de la policía del Estado receptor de la prueba. En este escenario, al tratarse de una agencia estatal extranjera actuando legítimamente bajo su propia legislación penal, el juez Calama busca que el Poder Judicial estadounidense convalide la remisión para blindar el procedimiento de cualquier tacha formal.
Preguntas y respuestas clave del conflicto jurídico:
- ¿Es válida en España una prueba obtenida en el extranjero sin orden judicial?La legislación procesal penal española exige orden de un juez para intervenir las comunicaciones. No obstante, mediante convenios de cooperación internacional, si la prueba se recabó en un país tercero respetando los estándares legales internos de dicho país (en este caso, las leyes de seguridad de EE. UU.), y se formaliza mediante comisión rogatoria, los tribunales españoles tienden a declararla admisible, siempre que no se acredite una vulneración flagrante de derechos fundamentales absolutos.
Con el envío de esta petición oficial de auxilio judicial hacia Washington, el caso Plus Ultra acelera su paso técnico. Las respuestas de la justicia norteamericana determinarán si los mensajes comprometedores que sitúan al «pana Zapatero» como la presunta mano oculta tras la salvación financiera de la aerolínea adquieren plena validez probatoria en los tribunales españoles o si, por el contrario, quedan neutralizados en los despachos de la Audiencia Nacional.














