Una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad recoge la nueva regulación del teletrabajo para los empleados de la Administración Local
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Este martes se ha publicado una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE), en la que la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública aparece el decreto por el que se aprueba la regulación de la modalidad de teletrabajo para los empleados de la Ciudad, adaptado a las actuales necesidades que se han puesto de manifiesto en estos meses de emergencia sanitaria.
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El objetivo es complementar la regulación anterior del teletrabajo, que se ha venido aplicando todo este periodo a todas las personas que voluntariamente lo han solicitado y cumplen los supuestos previstos en la normativa: trabajadores que de forma temporal sufran una alteración o riesgo excepcional de la salud debidamente acreditado por informe médico del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, o bien que tengan reconocido por los servicios públicos de salud una incapacidad permanente, siempre que concurra una imposibilidad física de acudir a su puesto de trabajo; y quienes tengan a su cargo hijos menores de 14 años (hasta ahora la edad máxima era de 12) o personas dependientes, siempre que se acredite documentalmente y convivan en el mismo domicilio del solicitante.
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A estos supuestos se le añade que el empleado deberá obligatoriamente realizar al menos el 20% de su trabajo, de forma presencial. Además el decreto garantiza el derecho a la desconexión digital, asegurando a su vez el derecho a la intimidad personal y familiar. El teletrabajo será siempre voluntario y reversible.












