El exministro de Transportes y exdiputado socialista José Luis Ábalos ha formalizado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) en el que solicita formalmente la anulación de la pena de 24 años de prisión impuesta por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por la trama de mordidas en la compra de material sanitario durante la pandemia. En el escrito presentado ante el órgano garante, la representación legal del exdirigente solicita además la suspensión cautelar de la ejecución de la condena de cárcel en tanto se resuelve el fondo de la petición.
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Alegación de vulneración de derechos fundamentales
El recurso de amparo argumenta que durante la tramitación del proceso judicial se vulneraron de forma continuada garantías constitucionales y derechos fundamentales esenciales. Entre los motivos alegados, la defensa del exministro cuestiona la competencia del propio Tribunal Supremo para juzgar en primera y única instancia los hechos, sosteniendo que la instrucción debió discurrir en la Audiencia Nacional. Asimismo, el escrito denuncia la falta de una doble instancia penal efectiva al haber sido juzgado directamente por el Alto Tribunal en su condición de aforado, un extremo que, a juicio del recurrente, ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.
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La defensa acusa además al Tribunal Supremo de haber sobrepasado los límites de la interpretación judicial para «crear normas procesales» que mermaron la capacidad de defensa del investigado, agotando la vía ordinaria tras ser denegados los anteriores incidentes de nulidad planteados ante la propia Sala.
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El horizonte cautelar y la ejecución económica
La presentación de este recurso ante el Constitucional se produce de forma paralela a los trámites de ejecución de la sentencia que ha puesto en marcha la Sala de lo Penal del Supremo. Tras el fallo firme que le condenó por delitos continuados de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación de fondos públicos, el órgano judicial ha dado impulso a los requerimientos económicos e indemnizatorios pertinentes.
A la espera de que el Tribunal Constitucional determine si admite a trámite el escrito y si concede la medida cautelarísima solicitada para frenar el ingreso en prisión, el marco legal establece que la sola interposición de un recurso de amparo no suspende automáticamente la ejecución de las penas privativas de libertad, por lo que la decisión sobre la situación personal del exministro queda ahora a expensas del pronunciamiento expreso del tribunal de garantías.











