La Agencia Tributaria obliga a las entidades financieras a remitir, a partir de 2026, información mensual de todos los ingresos digitales (tarjeta y Bizum) recibidos por empresas y profesionales, sin excepción de importe.
La Agencia Tributaria ha confirmado un cambio normativo significativo que impactará en la vigilancia fiscal de autónomos y empresas. A partir del año 2026, los bancos deberán informar al fisco de todos los cobros realizados mediante tarjeta (débito, crédito, prepago o virtual) que reciban negocios y profesionales, eliminando el umbral de 3.000 euros que operaba hasta ahora.
Este cambio, oficializado en un Real Decreto del 1 de abril, supone un esfuerzo por adaptar la vigilancia fiscal a la realidad de la economía digital, donde los pagos con móvil o tarjetas virtuales son la norma.
Adiós al límite y mayor frecuencia
La medida central es la supresión absoluta del umbral mínimo. Anteriormente, el límite de 3.000 euros permitía distinguir entre operaciones grandes y pequeños cobros cotidianos. Con la nueva normativa, incluso un pago de tres o cuatro euros quedará registrado en los informes que deberán remitir las entidades.
Además de eliminar el límite, la reforma implica un cambio profundo en la periodicidad de la comunicación de datos:
• Información mensual: Lo que hasta ahora se enviaba una vez al año pasará a remitirse de manera mensual, a partir de enero de 2026. Los primeros envíos llegarán a Hacienda en febrero de ese año, con los datos del mes anterior.
Hacienda ha explicado que el objetivo es obtener una trazabilidad completa de la actividad económica de cada profesional, buscando reducir las zonas opacas en las que podían quedar los pequeños cobros del día a día y evitar la pérdida de información relevante.
Qué informarán los bancos a partir de 2026
A partir de enero de 2026, los bancos y entidades de pago tendrán que informar a Hacienda mensualmente de:
• Todos los cobros con tarjeta que reciban autónomos y profesionales, sin límite de importe.
• Todos los pagos por Bizum vinculados a una actividad económica.
• Todas las cuentas nuevas que abran particulares y empresas.
Los saldos de las cuentas se seguirán notificando de forma anual.
Objetivo: transparencia y adaptación a la digitalización
El Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, argumenta que el sistema previo se había quedado obsoleto ante la proliferación de fintech, tarjetas virtuales, neobancos y plataformas electrónicas.
El nuevo modelo tiene como fin detectar:
• Ingresos no declarados.
• Actividad económica irregular.
• Cobros que no coincidan con la facturación presentada.
• Intentos de evasión fiscal mediante pagos digitales.
Se trata, según la Agencia Tributaria, de pasar de un sistema fragmentado a un modelo de transparencia casi total en los cobros profesionales.
Inquietud entre particulares y negocios
Estos cambios han generado inquietud, especialmente entre los pequeños negocios, que temen un nivel de control más exhaustivo y una mayor presión para cuadrar cada operación con los ingresos comunicados por las entidades financieras al fisco.
Aunque la obligación de declarar ingresos sigue siendo la misma, el nivel de detalle con el que Hacienda podrá cruzar cada movimiento con las declaraciones trimestrales sí cambia drásticamente.
Exclusiones y cambios para particulares
Hacienda defiende que la medida se limita estrictamente a cobros profesionales y que las operaciones entre particulares se van a quedar fuera de esta obligación de informe mensual.
Sin embargo, para los ciudadanos particulares, también hay cambios informativos, aunque no se aplica la supresión del límite de 3.000 euros en los cobros:
• Los bancos deberán informar mensualmente de todas las cuentas nuevas que abra cualquier ciudadano.
• Hacienda recibirá un informe anual con los movimientos de las tarjetas de particulares, pero únicamente de aquellas cuyo volumen anual de cargos y abonos supere los 25.000 euros. Si una tarjeta no supera esa cifra, queda fuera del radar informativo.
















